29 octubre 2006

Información sobre adhesión a la ley Nº 13298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos del niño

Visto:

La sanción de la Ley Nº 13298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño y su Decreto Reglamentario.


Considerando:

Que en dicha ley se establecen obligaciones para los municipios en pos de los objetivos que propone la ley.

Que debe ser preocupación prioritaria de la administración municipal atender a las necesidades de los sectores más desprotegidos, en especial los niños y adolescentes.

Que la instancia municipal es la más cercana a las necesidades de los niños y adolescentes y por lo tanto debe ejercer su responsabilidad como principal defensor de los derechos de sus ciudadanos niños.

Que para apoyar a los intendentes en este importante rol la ley establece la creación de un sistema local de protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes, y de esta manera articular una red, lo más eficiente posible, de instituciones que se comprometen a actuar de manera determinada, según sus competencias, para prevenir las violaciones a los derechos y para restituirlos cuando fueren violados.

Que recientemente ha quedado constituido el Foro de la Niñez y la Adolescencia de Esteban Echeverría, como una inquietud de las organizaciones de la sociedad civil, oportunidad que debe ser alentada y apoyada por el gobierno local.


Por todo ello, los Concejales del Bloque Ari – Unidad Comunal, elevan a consideración de este Cuerpo la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACIÓN


Artículo 1º:

Dirigirse al Departamento Ejecutivo a fin de que informe a este cuerpo que acciones se desarrollan en el área de Desarrollo Social a los efectos de atender la problemática de la Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño, en el marco de la ley Nº 13298 y su decreto reglamentario

Artículo 2º:

Solicítase se sirva informar cual es la opinión del Departamento Ejecutivo con relación a la aplicación de la ley 13298 y cual es la relación que mantiene con el Foro de la Niñez y la Adolescencia de Esteban Echeverría recientemente creado, con pedido de pronto despacho.

Artículo 3º:

De forma.-